"...Por las motivaciones precedentes, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los principios y postulados protegidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en concordancia con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA INCOMPETENTE PARA SEGUIR CONOCIENDO Y CONTINUAR CON LA PRESENTE CAUSA y en consecuencia, DECLINA SU COMPETENCIA, al Juzgado distribuidor de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y se ordena remitir con oficio el presente expediente en forma original en su oportunidad..."