UNICO: Da por DESISTIDA la acción de amparo constitucional al derecho a la vida e integridad física, interpuesta por el abogado José Rosario Niño Casanova, defensor de los ciudadanos JOSE OMAR QUIÑONEZ DEPABLOS y CESAR ALEXANDER QUIÑONEZ CARRILLO, y homologa dicho desistimiento, dándole autoridad de cosa juzgada.