Recibido por distribución escrito constante de TRES (03) folios útiles y recaudos en CUATRO (04) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: EMILIA MANUELA POLENTINO SANTOS y NOEL OMAR VIVAS PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-20.520.315 y N° V-16.422.068, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada DHORYS LEON ALARCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.416. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: EMILIA MANUELA POLENTINO SANTOS y NOEL OMAR VIVAS PERNIA, ya identificados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 196 del Código Civil,.....