JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce (12) de enero de dos mil dieciocho.-
207º y 158º
Recibido por distribución escrito constante de TRES (03) folios útiles y recaudos en CUATRO (04) folios útiles, presentados el día de hoy, por los ciudadanos: EMILIA MANUELA POLENTINO SANTOS y NOEL OMAR VIVAS PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-20.520.315 y N° V-16.422.068, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la Abogada DHORYS LEON ALARCON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 28.416. Fórmese, expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. ADMÍTASE cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud de SEPARACION DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos: EMILIA MANUELA POLENTINO SANTOS y NOEL OMAR VIVAS PERNIA, ya identificados. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 196 del Código Civil, NOTIFIQUESE al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente y Familia del Ministerio Público del Estado Táchira, por medio de boleta para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos su notificación, a cualquier hora de las indicadas para el despacho del Tribunal, a fin de que intervenga en el presente asunto. Acompáñese la boleta con copia certificada de la totalidad del libelo, los recaudos y del presente auto. Certifíquese por secretaría los fotostatos requeridos de conformidad con la norma prevista en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y hágase entrega al ciudadano Alguacil a los fines de que cumpla con la Notificación ordenada. Expídase las copias certificadas solicitadas.-
Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Wendy Katherine Zafra
Secretaria
En la mima fecha se Inventarió la presente solicitud, bajo el No. 9932-18; se dictó y publicó la anterior decisión, a las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), quedando registrada bajo el Nº 5384, así mismo se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal; y se libró boleta de notificación a la Fiscalía del Ministerio Público, en cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
La Secretaria
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