En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Emerson Rimbaud Mora Suescun, apoderado judicial de la intimada María Elena Maldonado de Porras, en diligencia de fecha 21 de mayo de 2014.
SEGUNDO: REVOCA la decisión de fecha 12 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación. Igualmente, DECLARA INADMISIBLE la demanda interpuesta por el abogado Jesús David Pérez Morales contra la ciudadana María Elena Maldonado de Porras, por cobro de honorarios profesionales provenientes de la condenatoria en costas contenida en la sentencia proferida por este Juzgado Superior en fec.....