DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones, en su única sala del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
Único: Homologa el Desistimiento del recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ ROSARIO NIÑO CASANOVA, en su condición defensor privado del ciudadano ÁNGEL DE JESÚS ROA GARCÍA, contra la decisión dictada el 27 de junio de 2011, y publicada in diferido en fecha 13 de julio de 2011, por el Juez Noveno de Primera Instancia en funciones de Control, conforme al artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, dándole autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.