En razón de las consideraciones expuestas, este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara parcialmente con Lugar la Solicitud de Aclaratoria realizada por la Abogada Lynda Milagros Vivas Hadgialy, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.497.611, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.947, con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada de la sentencia definitiva emitida por este Juzgado en fecha 30 de Noviembre de 2.009. Cúmplase.
LA JUEZ (T),
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA
ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.