PRIMERO: parcialmente con lugar, el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de julio del año 2019 –sello húmedo de alguacilazgo-, por la representante de la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público del estado Táchira.
SEGUNDO: revoca, la decisión dictada fecha 29 de junio del año 2019, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, extensión San Antonio, del estado Táchira, mediante el cual, en su único pronunciamiento resolve la solicitud de revisión de medida de privación judicial preventiva de libertad, supliéndola por una medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 250 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Repone la causa a la oportunidad en la que la Juez recurrida prescinda de los vicios que dan lugar a la presente decisión, y de una respuesta en apego a los principios constitucionales y legales –motivadame.....