este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA, en consecuencia, se entiende EXTINGUIDO EL PROCESO, seguido por el ciudadano, ANDERSON JOEL ARIAS VIVAS, identificado de la cédula Nº V.-27.461.586, en contra de ASOCIACION CIVIL LINEA ROMULO GALLEGOS COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Dada, firma y sellada en el Despacho del Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los once (11) días del mes de octubre de dos mil veintidós. Publíquese la presente decisión. Años 212° y 163°
La Jueza,
Abg. Ana Mercedes Mora R. .....