´DECISIÓN
En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la intimante, abogada ORYELLY DEL VALLE CASTRO ROJAS, actuando por sus propios derechos e intereses.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de bolívares por el procedimiento de intimación es incoada por la profesional del derecho ORYELLY DEL VALLE CASTRO ROJAS, abogada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.147.643, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 129.300, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, actuando por sus propios derechos e intereses.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada, ciudadanos NELLY JOSEFINA RIVAS GIL Y JOSÉ LEONARDO UZCÁTEGUI VERA, venezolanos, mayores.....