PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma, interpuesta por el ciudadano BRUGUERAS DELGADO EBERTH JOSE, venezolano, mayor de edad, divorciado, con cédula de identidad Nro. V.-5.283.209, con domicilio en jurisdicción del Municipio Junín del Estado Táchira y civilmente hábil, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO NIETO NIÑO, venezolano, mayor de edad, casado, con cédula de identidad Nro. V.-9.468.697, Arquitecto, con domicilio en la avenida 11 con calle 18, Sector San Martin, Local Comercial Distribuciones Goyo, Municipio Junín del Estado Táchira y civilmente hábil, referido a la venta de UN MIL NOVECIENTAS NOVENTA Y NUEVE ACCIONES (1.999) de la sociedad.....