IV
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente explanadas y en merito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares intentada por el ciudadano José Crispín Carrero Delgado, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.998.741 contra la ciudadana Ana Norma Ramírez, venezolana, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.158.263
SEGUNDO: Se declara firme el decreto intimatorio dictado por este Tribunal en fecha 14 de agosto de 2008, en el cual se decretó la intimación de la parte demandada ciudadana ANA NORMA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.158.263, domiciliada en la calle 6, Nro. 12-155, Sector LA Guacara, San Cristóbal, Estado Táchir.....