Este Tribunal acuerda. PRIMERO: La
EXTINCION de la presente Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido
en el articulo 383 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su
literal en su literal "b" SEGUNDO:
Se declara terminada la causa y se ordena el archivo del presente Expediente. TERCERO:
Anótese en el libro respectivo la presente decisión.