REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO
RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. La Grita, 11 de Febrero de
2021.-
210° y 161°
Por cuanto de la revisión de la presente causa se observa que la ciudadana: SUSJE
LOIDIMAR GANDICA MORENO, ya cumplió la mayoría de edad y no existe en el
expediente constancia de estudio del mismo, este Tribunal acuerda. PRIMERO: La
EXTINCION de la presente Obligación de Manutención de conformidad con lo establecido
en el articulo 383 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en su
literal en su literal “b” que establece: “Por haber alcanzado la mayoridad el beneficiario
de la misma, excepto que padezca de deficiencias físicas o mentales que lo incapaciten
para proveer sus propios sustentos, o cuando se encuentre cursando estudios que, por
su naturaleza le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación
puede extenderse hasta los 25 años de edad, previa aprobación Judicial. SEGUNDO:
Se declara terminada la causa y se ordena el archivo del presente Expediente. TERCERO:
Anótese en el libro respectivo la presente decisión. Cúmplase. -
EL JUEZ,
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Abg. JOSE ENRIQUE GANDICA
EL SECRETARIO,
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MANUEL JAVIER GONZALEZ PERNÍA
JEGG/Valeria.-
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