V
DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta única sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Único: INOFICIOSO entrar a conocer el fondo de las presentes actuaciones, por cuanto no tendría consecuencia jurídica alguna.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.