III
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano RAUL IVAN PEREZ VIVAS, asistido del abogado ADIB BEIRUTI BRACHO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 152.061 contra la decisión dictada en fecha 13 de octubre de 2015, por la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
SEGUNDO: SE CONFIRMA, con diferente motivación la decisión dictada por de la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
TERCERO: No hay condenatoria en costas a la quejosa, dada la naturaleza de la presente acción.
CUARTO: REMITASE el prese.....