PRIMERO: Declarar PARCIALMENTE CON LUGAR la REVISIÖN de Obligación de Manutención, planteada por LISETH MARILIN ESCALANTE CASADIEGO, con cédula de identidad N° V-17677069 como Madre de Lismary E. Peña E., y al cargo de FHANOR PEÑA CAÑIZALES, con cédula de identidad N° V-13591357, ella domiciliada en la Parroquia Rivas B. el en esta ciudad;
SEGUNDO: Ordenar a FHANOR PEÑA CAÑIZALES, preidentificado como Padre, pagar de inmediato, A) TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 350,oo) por gastos extras y B) UN MIL CUATROCIENTOS Bolívares (Bs. 1.400,oo) por los meses de Octubre y Noviembre, deducibles de nómina y depositado en cuenta bancaria,
TERCERO: Ajustar la mensualidad cuando varíen las necesidades de la hija y los ingresos del Padre, con base a los índices del Banco Central de Venezuela;