En consecuencia, esta Corte de Apelaciones, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación, interpuesto por los abogados Elda María Clavijo de Gómez y Reinaldo Gómez Castro, apoderados judiciales de la víctima en la presente causa FRANCELINA ALVIAREZ VIVAS, conforme al artículo 437, literal ¿b¿ del referido Código Orgánico. Notifíquese a las partes.