-III-
PARTE DISPOSITIVA
Por la motivación antes expuesta este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1°: Levantar la medida de suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la providencia administrativa n. ° 1012-2010, de fecha 8 de diciembre del 2010 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, acordada por este Tribunal mediante sentencia de fecha 20 de julio del 2011. 2°: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Notifíquese a la inspectoría del Trabajo del Estado Táchira y a la Gobernación del Estado Táchira, mediante oficio y con una copia certificada de la presente decisión a los fines legales correspondientes.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala.....