Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por la representación de la demandada Amanda de Jesús Velandia, ya identificadas, en diligencia de fecha 31 de octubre de 2005.
Segundo: Declara sin lugar la oposición a la fijación del lindero provisional formulada por Genaro Ruiz Rosales, a través de apoderado, el 29 de septiembre de 2004.
Tercero: Declara con lugar la oposición a la fijación del lindero provisional, formulada por Amanda de Jesús Velandia, a través de apoderado, en consecuencia el lindero de las dos propiedades señaladas en la solicitud de deslinde es el siguiente NORTE: con mejoras de Jesús Poveda; SUR: con mejoras de Clemente Parada Niño; ESTE: con carrera N° 5 y OESTE: con vía principal al Cementerio, midiendo once metros de frente (11,00 mts), por veinticuatro metros (24 mts) de fondo.
Cuarto: Declara sin lugar la acción de deslinde interpuesta por Genaro Ruiz Rosales, contra Amanda de Jesús Velandia, por ante el Juzgado Tercero de Primera Instanci.....