JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, diez de Marzo de dos mil quince.
204° y 156°
Visto el CONVENIMIENTO suscrito en la diligencia de fecha 05 de Marzo de 2015, por los ciudadanos LUZ MARINA AYALA DE OLIVEROS y ONESIMO ALBINO OLIVEROS VASQUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-4.202.677 y V-1.558.861, asistidos por el abogado JOSÉ ALFREDO FLORES MARTINEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 7.776, parte demandada, en la que manifiestan que reconocen formalmente en su contenido y firma el documento privado opuesto en la presente acción, consistente en un acuerdo amistoso de partición, adjudicación y liquidación, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. .....