ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, EN LA APREHENSIÓN del ciudadano JORGE MARIO RODRIGUEZ MEDINA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural Pereira Colombia, nacido en fecha 16 de diciembre de 1985, de 23 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía 1010166462, soltero, hijo de María Medina (v) y de Jorge Rodríguez (v), de profesión u oficio taxista, residenciado en barrio Primero de Mayo, casa sin número, Cúcuta Colombia, por la presunta comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCIÓN, previsto y sancionado en el artículo 142 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, en perjuicio del estado venezolano, por encontrarse lle.....