III
DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA que por ACCION MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoara la ciudadana: ANGELA MERY SANCHEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-3.313.347, en contra él ciudadano José Epifanio Chacón Chacón, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-.1.514.519 en su carácter de hermano del de cujus José Timoteo Chacón Chacón.
SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre la ciudadana ANGELA MERY SANCHEZ CARRERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-3.313.347 y el de cujus JOSE TIMOTEO CHACÓN CHACÓN, quien era venezolano, titular de la cédula de iden.....