PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado el ciudadano abogado OMAR FLORENCIO LABRADOR CHACON con el carácter de apoderado judicial del AGROQUIMICOS TACHIRA C.A. en contra de la Providencia Administrativa de fecha 14 de Febrero de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CIPRIANO CASTRO DEL ESTADO TÁCHIRA, en el expediente administrativo No. 056-2011-01-000256, que declaro con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano LEINER ENRIQUE RAMIREZ CAICEDO.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.