Debe forzosamente declarar la perención de la instancia, por haber transcurrido el referido lapso, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Trabajo de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso contentivo de Recurso Contencioso Administrativo de nulidad presentado por ciudadano JOSÉ VICENTE SÁNCHEZ FRANK, actuando en su carácter de rector de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA (UNET), en contra de la Providencia Administrativa N° 525-2010, de fecha 28 de Junio 2010 emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA.