PRIMERO: Se declarar SIN LUGAR el RECURSO ORDINARIO DE APELACIÓN, ejercido por el Abogado en ejercicio Erik José de Jesús Lemus Angarita, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 122.768, en representación de la ciudadana Erika del Valle Rodríguez Carvajal, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.817.784, en contra de la decisión de fecha 22 de mayo del 2025, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el fallo recurrido, proferido por el Tribunal A quo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas procesales por la naturaleza de la presente causa.
CUARTO: Una vez se encuentre definitivamente firme la presente decisión, se librará oficio a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Cir.....