NIEGA las Apelaciones ejercidas por los abogados OSCAR EDUARDO USECHE MOJICA, y JORGE ORLANDO CHACÓN CHÁVEZ, parte demandada y parte demandante, en contra de la Sentencia Definitiva dictada en fecha 20 de Junio de 2012, por ser ambas extemporáneas, es decir, ejercidas fuera del lapso de 5 días previstos en la Ley. Así se decide.