Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO, intentada por el ciudadano VÍCTOR MANUEL ARCINIEGAS VERGEL, contra la ciudadana ALBA MARÍA RAMÍREZ, ambas partes identificadas en la presente decisión, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre los ciudadanos: VÍCTOR MANUEL ARCINIEGAS VERGEL y ALBA MARÍA RAMÍREZ, según consta en acta de matrimonio N° 182 de fecha 15 de julio de 1970, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio, Distrito Bolívar, Estado Táchira.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la part.....