Visto el convenimiento realizado en fecha 08 de junio del año en curso, por el demandado, ciudadano ORLANDO ABIGAIL CHACÓN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-10.178644, asistido por el abogado en ejercicio CIRO JOSÉ LOZADA ROSALES, titular de la cédula de identidad N° V- 3-075.911, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.201, y aceptado como fue el mismo por la abogada en ejercicio MARJORIE PATRICIA MATTUTAT MUÑOZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.242.047, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 105.378, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante BANCO DE VENEZUELA, S.A, BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil domiciliada en Caracas, constituida originalmente por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal, en el Tercer Trimestre de 1890, bajo el N° 33, folio 36 vuelto del Libro Protocolo Duplicado, inscrita en el Registro de Comercio del Distrito Federal, el .....