DECLARA: que los ciudadanos Deisy Arellano Rey, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-23.138.992 residenciada en Boca de Monte sector los Pinos vereda principal casa S/N del Municipio Lobatera Estado Táchira y Miluas de Jesus Machuca Espinoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.246.553, residenciado en Palo Gordo sector Zapatoca vereda 5 casa S/N del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, acudieron por ante la Fiscalía Décima Quinta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, realizaron un convenimiento sobre la Obligación de Manutención, cumpliendo con todas las formalidades de la Ley, y vista la solicitud de homologación realizada por los mismos, este Tribunal HOMOLOGA, el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 10 de abril del 2014.