DISPOSITIVA
En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de Medida Cautelar Innominada, solicitada por la parte demandante ciudadana IXORA MARLENE GUTIÉRREZ GOTERA, supra identificada, sobre los bienes identiifcados en autos.
SEGUNDO: Se insta a la solicitante beneficiaria de la Medida Innominada de Coadministración, a proponer la persona que asumirá y desarrollará el cargo y las funciones de coadministración. Se advierte a las partes que las funciones del administrador serán fijadas por auto separado.
TERCERO: Se ordena notificar a las partes con la advertencia, que al día de despacho siguiente, a aquel en que en autos la última notificación ordenada, comenzará a correr el lapso establecido en el artículo 246 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
CUARTO: En virtud de la materia y dad.....