DECLARA INPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por las ciudadanas MARIA CRISTINA DEPABLOS Y MAYELA CARRERO MEDINA en contra de los ciudadanos RODOLFO JESUS REY ROMERO Y ZOILA ROSA MORA PATIÑO, actuando las partes actoras en su condición de propietaria y Presidenta de la Asociación Civil Funcionarios del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, la primera, y la segunda como propietaria y Secretaria de la referida Asociación Civil.