Ahora bien, de autos se desprende en el presente juicio, que desde el día 31 de enero de 2018, fecha en que el Alguacil Fabio Díaz, consignó diligencia en donde manifestó que la parte interesada no se presentó para suministrar las copias correspondientes para la práctica de notificación correspondiente, y la parte demandante no ha dado impulso procesal a la presente causa, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, es por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Derechos Laborales sigue el ciudadano JAN CARLOS RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la.....