Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada otorgándole su aprobación. En consecuencia, conforme a lo solicitado, se levanta la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 12 de marzo de 2024 y participada en la misma fecha con oficio N° 116/2024 al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. Por cuanto no hay más actuaciones que realizar se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Líbrese oficio.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
La Juez Provisoria (Fdo) Maurima Molina Colmenares.- El Secretario (Fdo) Luís Sebastian Méndez. Esta el sello húmedo del Tribunal. En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior decisión, se libró oficio al .....