resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE INHABILITACIÓN, propuesta por la ciudadana María Irene Rubio de Zambrano, asistida por el abogado Jorge Enrique González Camero.
SEGUNDO: se nombra como CURADORA de la ciudadana CRISTAL LISSETTE ZAMBRANO RUBIO, a su progenitora la ciudadana MARÍA IRENE RUBIO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 3.006.194 y hábil.