se presume la admisión de los hechos alegados por el demandante y en tal sentido: este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO: Por concepto de Antigüedad, conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Del 25-06-2001 al 20-11-2003, dos años y cinco meses laborados, la cantidad de NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA CENTÍMOS (Bs. 928.462,90).
SEGUNDO: Por concepto de Vacaciones Cumplidas y no disfrutadas y Vacaciones Fraccionadas: Conforme a los artículos 219 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo, del 25-06-2001 al 20-11-2003; 38,08 días, a razón de Bs. 8.053,70, arroja la cantidad de TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATR.....