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Decisiones del dia 08/11/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 20061 N° Sentencia : 03-I Fecha: 08/11/2018
Procedimiento:
Rendición De Cuentas
Partes:
ABOGADOS NELSON FRANCISCO RAMIREZ RIVERO Y MARIAN LE BOULENGE MANRIQUE, ACTUANDO POR SUS PROPIOS DERECHOS DEMANDA A MIRIAN CAROLINA NAVARRO RODRIGUEZ, LERY MARIA ROJAS SANCHEZ, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE Y TESORERA EN EL PRIMER PERIODO Y LAS CIUDADANAS OMAIRA DEL CARMEN HERNANDEZ MONTILVA Y MIRIAN CAROLINA NAVARRO RODRIGUEZ, EN SU CONDICIÓN DE PRESIDENTE Y TESORERA EN EL SEGUNDO PERIODO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA OESTE.
Resumen:
En consecuencia, por cuanto se encuentran llenos los extremos exigidos en el Parágrafo Primero del Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, SE DECRETA: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, consistente en la prohibición de inscripción por ante el Registro Principal del Estado Táchira de cualquier acta de Asamblea de la Asociación Civil CONJUNTO RESIDENCIAL VILLA OESTE, correspondiente a cualquier modificación de los estatutos o elección de nueva junta administradora. En consecuencia, se acuerda oficiar lo conducente al Registro Principal del Estado Táchira a los fines de tome las previsiones pertinentes al caso. Líbrese oficio. Fórmese cuaderno de medidas con copia certificada del presente auto. En relación a las dos medidas innominadas restante solicitadas, aprecia este sentenciador que estas no llenan los presupuestos procesales establecidos en el Artículo 585 en concordancia con el Artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, ya que evidentemente las mismas guardan relación con el.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 20180 N° Sentencia : 04-I Fecha: 08/11/2018
Procedimiento:
Cobro De Honorarios Profesionales Extrajudiciales
Partes:
ABOGADO OSCAR DE JESÚS UZCATEGUI SUÁREZ, QUIEN ACTÚA POR SUS PROPIOS DERECHOS, DEMANDA AL CIUDADANO JORGE LUIS MEDINA RAMÍREZ
Resumen:
Ahora bien por todos los razonamientos antes mencionados y por cuanto la misma es de validez esencial, se ordena tramitar el presente juicio por el PROCEDIMIENTO BREVE y no por el Procedimiento Especial, se repone la causa al estado de admitir la presente demanda, en virtud de que siendo los jueces como rectores del proceso deben de velar por la estabilidad de los juicios y están obligado por mandato constitucional a velar y asegurar el cumplimiento de la Constitución Nacional, su integridad y sus leyes y que la omisión detectada implica eventualmente causal de reposición, pues ha comprometido los actos precedentes en el proceso y que no son susceptibles de convalidación, ya que las formas procesales no son establecidas por capricho del legislador, una de sus finalidades es garantizar el derecho defensa y un desarrollo eficaz del proceso, así pues los actos de procedimiento deben de realizarse en la forma prevista en el Código de Procedimiento Civil o en las Leyes Especiales, por.....
Juez/Ponente:
Felix Matos
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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