Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta, en fecha 30 de Agosto del año 2012, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 3 de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTÍCULO 545 DE LA LOPNNA); por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto en el artículo 278 del Código Penal; fue sancionado a cumplir las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de forma simultanea la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de SEIS (06) MESES, con una jornada de ocho (08) horas semanales; todas de conformidad con lo establecido en los artículos 624y 625 en su orden, de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; de conformidad con lo establecido en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, aplica.....