UNICO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, a favor del ciudadano: ANA TERESA ROJAS de SAAVEDRA, venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacido en fecha 03-06-1965, de 47 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.212.904, comerciante de estado civil casada, por la presunta comisión de del delito de SUSTRACCION Y RETENCION DE NIÑOS, previsto y sancionado en el artículo 272 de la Ley Orgánica de Protección al niño niñas y adolescentes, en perjuicio de la niña N.C.P., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Numeral 7°, y como consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.