Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO CELEBRADO por el ciudadano José Guzmán Chacón Colmenares, en su carácter de fiador, asistido por el abogado Rafael Alberto Sánchez Contreras y la aceptación del mismo, hecha por los abogados Alberto Alcalde y Álvaro Alcalde, en su carácter de apoderados judiciales de Banco Provivienda C.A., Banco Universal" (BANPRO), a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente vista la diligencia de fecha 23 de septiembre de 2008, estampada por el abogado Álvaro Alcalde Suárez, apoderado de Banco Provivienda, C.A., Banco Universal (Banpro), mediante la cual manifiesta que el ciudadano José Guzmán Chacó.....