PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por el Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado LUIS ALFONSO MARTINEZ PALOMINO, identificado supra, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 1º y 3º del Código Penal, cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar explanados en la resolución acusatoria, en razón de que existen elementos de convicción de la comisión del delito.
SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS, ofrecidas por el Fiscal del Ministerio Público, insertas en el escrito de acusación, por ser lícitas, legales, pertinentes y necesarias, para el esclarecimiento de los hechos, de conformidad con el artículo 330 ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal, con las excepciones antes mencionadas.
TERCERO: SE CONDENA al ciudadano LUIS ALFONSO MARTINEZ PALOMINO, identificado supra, por la comisió.....