este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: INCOMPETENCIA SOBREVENIDA para conocer y decidir del presente Amparo Constitucional en primer grado de competencia.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, que le corresponda previa distribución.
TERCERO: Se ORDENA la remisión inmediata de la integridad del expediente a efecto de garantizar la celeridad procesal y la tutela judicial efectiva.