UNICO: DECLARA CON LUGAR la solicitud efectuada por la Fiscal Decimoséptima (P) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Abogada ISOL ABIMILEC DELGADO y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa a favor del adolescente,(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto en el Artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de Y. J. P. G.; de conformidad con lo previsto en el literal "e" del artículo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes la presente decisión. Remítase la causa a la Fiscalía Decimoseptima del Ministerio Público, en su oportunidad legal.