Visto el contenido de la diligencia de fecha 12 de Noviembre de 2015, suscrita por el Ciudadano LEOMAR MARQUEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.144.900, asistido por el abogado en ejercicio PILAR ANTONIO RINCON SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Prevensión Social del Abogado bajo el Nº 59.120, parte demandante en la presente causa, y el Ciudadano: WILLIAM ARNOLDO MARQUEZ RUIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.658.299, asistido por la abogada en ejercicio ERIKA YOJANNA MARQUEZ CELIS, inscrita en el Instituto de Prevensión Social del Abogado bajo el Nº 197.722, parte demandada en el expediente, mediante la cual manifiestan su voluntad de CONVENIR en el presente juicio; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en.....