ÚNICO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el el ciudadano ARTURO GALVIS HERNÁNDEZ, actuando por sus propios derechos y como apoderado general de los ciudadanos PEDRO ELIAS GALVIS HERNANDEZ y MARTHA NURY GUTIERREZ DE GALVIS, y GLEYBER IRVING GALVIS JAIMES, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SIRLENY JAIMES DE GALVIZ, contra el auto o comunicación emanada el 10 de noviembre de 2010 de la Coordinación General de la Oficinal Regional de Tierras del estado Táchira.
No se condena en costas al quejoso por no considerarse temeraria la presente acción.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 2.395 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los siete (7) días del mes de diciembre del añ.....