este Órgano Jurisdiccional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y de Bienes de los ciudadanos JOEL ENRIQUE MARTÍNEZ CASTELLANOS y YURAIMA LÓPEZ USECHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-16.232.510 y V-11.106.454, respectivamente, de este domicilio.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 184 y 185 del Código Civil, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre los mismos, por acto celebrado el día dos (02) de Mayo de 2014, por ante la Primera Autoridad del Municipio de la Parroquia San Camilo, Municipio Páez del Estado Apure, según acta de matrimonio N° 33.
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada, una vez quede firme la presente decisión ofíciese lo conducente a los registros respectivos a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio N° 33 de fecha 0.....