Por todo lo anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
Primero: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público, así como los elementos probatorios presentados en contra del adolescente (Identidad omitida articulo 545 Lopna); a quien el Ministerio Público le acusa por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 453 ordinal 3ro del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana SARA ESCALANTE, de conformidad con el literal "a" del artículo 578 de la Lopna.
Segundo: Vista la admisión de los hechos realizada de manera libre y voluntaria por parte del ciudadano (Identidad omitida articulo 545 Lopna), por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto en el art.....