DECISIÓN:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Justicia de Género, en función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA Decreta CON LUGAR el cambio de centro de reclusión del acusado de la presente causa, en virtud de la solicitud realizada por el mismo, mediante escrito recibido en el día de hoy, ordenando se oficie con la urgencia del caso al Director del Centro Penitenciario de Occidente y al Director de la Policía del Estado Táchira, a los fines de que se sirva recluir en calidad de detenido al acusado MARCELO ANTONIO PRADA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.657.871, instándolo a tomar las previsiones necesarias para garantizar la vida e integridad física del mismo. Así se decide. Cúmplase. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
LA JUEZA DE JUICIO
Abg. Lavinia Benítez Pernia
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