PRIMERO: Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es 23 años, 09 meses y 24 días, y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral y conforme al artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores; después de verificado el cálculo presentado por la parte actora, siendo éste el resultado del monto mayor que beneficia al trabajador.
SEGUNDO: ANTIGÜEDAD.
1- ANTIGÜEDAD según los literales: a y b de los artículos 666 y 108 de la Ley orgánica del Trabajo (LOT): desde el 16-02-1989 al 19-06-1997, le corresponde 240 días a razón de Bs.244,80 por cada literal, lo que equivale a un monto total de Bs.489,60.
2- Por la Antiguedad desde el 19/06/1997 al 15/03/2013 le corresponden 915 días, para un total de Bs. 62.653,35.
TERCERO: por días adicionales de antigüedad por año, le corresponden la cantidad total de Bs. 15.247,62.
CUARTO: Va.....