PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición planteada en fecha 17 de noviembre de 2004, por la ciudadana MARIA INES CHACON OSORIO, contra la Entrega Material acordada por este Juzgado en fecha 8 de octubre de 2004.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión, deberá devolverse el expediente al Juzgado Ejecutor de Medidas comisionado, a fin de que proceda a practicar la Entrega Material en cuestión.
Notifíquese a las partes.